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Reconocimiento Médico

El reconocimiento médico por el que se acredita la aptitud psicofísica para el manejo de embarcaciones de recreo, que será realizado por los Centros de Reconocimiento de Conductores (en adelante CRC), de manera análoga a los conductores de permisos ordinarios (no profesionales) para vehículos terrestres a motor.

No será necesaria la realización de un nuevo reconocimiento para aquellos ciudadanos que acrediten que no ha pasado más de dos años de la fecha de obtención o renovación de su permiso de conducir vehículos terrestres a motor en vigor, para ello presentarán una copia del citado permiso.

No obstante lo anterior, será necesaria una revisión de la visión ocular a los efectos de diferenciar los colores, especialmente el verde y el rojo, que deberá realizarse en un CRC.